SUNDDE encabezado Providencia N° 053-2016 productos de higien personal

SUNDDE Providencia N° 053 y 054/2016

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Aunque consideramos que el sincerar los precios de los productos de higiene personal es una medida bastante tardía y completamente extemporánea por parte del SUNDDE ya sabíamos que inevitablemente se tenía que tomar, al igual como sucedió con los precios de la gasolina.

Pero de los clientes que nosotros atendemos ninguno vende gasolina y por tanto solamente publicamos Leyes, Decretos y Providencias que afectan los sistemas de cómputo de quienes nos proveen sustento de trabajo; «vivirás del sudor de tu frente» como dice la Biblia.

Actualización sábado 04 de Junio de 2016.

El sábado 04 de junio de 2016, en la página web del SUNDDE (recordemos que lo que se publique en dicha página web tiene el mismo valor y efecto a que si hubiese sido publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela) hicieron una reforma PARCIAL a la Providencia 053 mediante la Providencia 054  es decir, se deben tener a la mano ambos ejemplares porque se complementan y de hecho se publican de nuevo ambos, uno a continuación del otro (tal como se hace en la Gaceta Oficial). Es por tanto que AMBAS Providencias Administrativas (a saber, 53 y 54) estarán publicadas en esta vuestra humilde página web, para VOLVER a actualizar los precios en nuestras bases de datos y para la comunidad en general, a fin de darle mayor difusión a las decisiones tomadas plena y legalmente por el Poder Ejecutivo Nacional.

Transcripción de la Providencia SUNDDE N° 053/2016.

Como ya es costumbre ofrecemos los enlaces: al documento original en la página web de la SUNDDE (recordad que desde abril de 2014 todo documento publicado en la página web de la Superintendencia tiene el mismo valor legal de haber sido publicado en Gaceta Oficial):

O en su defecto podéis descargar desde esta vuestra humilde página web una copia del documento es cuestión .

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A este documento le aplicamos el reconocimiento óptico de caracteres por medio del software libre Tesseract y aún estamos perfeccionando la técnica para ahorrar trabajo, así que disculpad las fe de erratas, en todo caso siempre consultad la página web del SUNDDE donde tiene la misma validez legal que la Gaceta Oficial.

Advertencia.
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIECONÓMICOS

Caracas, a los 21 días del mes de mayo de 2016
206°, 156°, 17°

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 053/1016

El Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos, designado mediante Decreto N° 2.186, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.830 de fecha 18 de enero de 2016, en cumplimiento del artículo 1 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos, publicado Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.787. de fecha 12 de noviembre de 2015, en concordancia con las atribuciones conferidas en los numerales 1, 2, 3 y 7 del artículo 10 y numerales 10, 11 y 13 del artículo 17 ejusdem.

CONSIDERANDO

Que el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos, tiene por objeto establecer las normas para la determinación de precios de bienes y servicios, los márgenes de ganancia, los mecanismos de comercialización, y los controles que se deben ejercer para garantizar el acceso de las personas a bienes y servicios a precios justos, que conlleven a la satisfacción de sus necesidades en condiciones de justicia y equidad, con el fin de proleger los ingresos de las ciudadanas y los ciudadanos, y muy especialmante, el salario de las trabajadoras y los trabajadores en tal sentido esta Superintendencla, Dicta la presente:

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA MEDIANTE LA CUAL SE FIJA EL PRECIO MAXIMO DE VENTA DEL PRODUCTOR Y/O DEL IMPORTADOR (PMVPI), EL PRECIO MAXIMO DE VENTA DEL DISTRIBUIDOR MAYDRISTA (PMVDMA), Y EL PRECIO JUSTO DE LOS PRODUCTOS QUE SE INDICAN

Objeto

Artículo 1.

La presente Providencia Administrativa tiene por objeto fijar en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela el Precio Máximo de Venta del Productor y/o del Importador (PMVPI), el Precio Máximo de Venta del Distribuidor Mayorista (PMVDMA) y el Precio Justo de los produclos que se indican.

Definiciones

Artículo 2.

A los efectos de la aplicación e interpretación de la presente Providencia Administrativa se adoptan las siguientes definiciones:

  1. Sujeto de Aplicación: Refiere a toda persona natural o Jurídica de las indicadas en el artículo 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
  2. Precio Máximo de Venta del Productor y/o del Importador (PMVPI): Es el máximo valor del producto, expresado en bolívares al que todo productor y/o importador puede venderlo.
  3. Precio Máximo de Venta del Distribuidor Mayorista (PMVDMA): Es el máximo valor del producto, expresado en bolívares, al que todo distribuidor mayorista puede venderlo.
  4. Precio Justo: Es el valor del bien o servicio, expresado en bolívares, determinado y fijado por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos.

Fijación de Precios

Artículo 3.

Se fija el Precio Máximo de Venta a nivel del Productor y/o Importador (PMVPI), el Precio Máximo de Venta a Nivel del Distribuidor/Mayorista (PMVDMA) y el Precio Justo, de los productos señalados a continuación:

Toallas sanitarias:

RUBROSCANTIDADMEDIDAPMVPIPMVDMAPRECIO JUSTO
TOALLAS
SANITARIAS
8Unid.88,57100,65114,37
10Unid.91,34111,72120,65
12Unid.100,47117,30126,03
14Unid.110,52123,78138,63
16Unid.116,71128,38141,22
18Unid.128,38141,22155,34
20Unid.141,22155,34170,87
24Unid.155,34170,87187,96
28Unid.170,87187,96206,75
30Unid.187,96206,75227,43
32Unid.206,75227,43250,17
33Unid.223,64241,53260,85
40Unid.246,00265,68286,94
42Unid.270,60292,25315,63
54Unid.297,66321,48347,20
60Unid.327,43353,63381,92
80Unid.360,17388,99420,11
100Unid.396,19427,89462,12

SUNDDE Providencia Administrativa 053/2016 (reformada parcialmente por la Providencia 054/2016)) donde se fijan los precios justos de los productos de higiene personal -toallas sanitarias en esta tabla dedicada-.

Pañales desechables para bebé talla «P»:

RUBROSCANTIDADMEDIDAPMVPIPMVDMAPRECIO JUSTO
PAÑALES PARA BEBÉ (TALLA P)10Unidades201,15251,96243,36
12Unidades223,50268,05264,53
16Unidades248,33285,16287,53
18Unidades275,93303,36312,53
20Unidades306,59322,72339,71
24Unidades324,98342,09360,09
28Unidades344,48362,61381,70
30Unidades365,15384,37404,60
32Unidades387,06407,43428,87
40Unidades410,28431,87454,60
44Unidades434,90457,79481,88
48Unidades460,99485,25510,79
50Unidades488,65514,37541,44
54Unidades517,97545,23573,93
56Unidades549,05577,95608,36
60Unidades581,99612,62644,87
62Unidades616,91649,38683,53
66Unidades653,93688,34724,57
68Unidades693,16729,64768,05
72Unidades734,75773,42814,13
76Unidades778,84819,83862,98

SUNDDE Providencia Administrativa 053/2016 (reformada parcialmente por la Providencia 054/2016)) donde se fijan los precios justos de los productos de higiene personal -pañales desechables para bebé talla "P" en esta tabla dedicada-.

Pañales desechables para bebé talla «M»:

RUBROSCANTIDADMEDIDAPMVPIPMVDMAPRECIO JUSTO
PAÑALES PARA BEBÉ
(TALLA M)
10Unid.148,60166,44186,41
12Unid.165,11184,93207,12
14Unid.183,46205,48230,13
15Unid.203,85228,31255,70
16Unid.226,49253,67284,11
20Unid.268,44305,04346,64
24Unid.286,83329,45363,97
28Unid.304,51341,05381,98
30Unid.334,96375,16420,17
32Unid.368,46412,67462,19
40Unid.405,30453,94508,41
44Unid.445,83499,33559,25
48Unid.490,42549,27615,18
54Unid.539,46604,19676,96
56Unid.593,40664,61744,36
60Unid.652,74731,07818,80
66Unid.718.02804,18900.68
68Unid.789,82884,60990,75
72Unid.868,80973,061089,82
76Unid.955,681.070,361.198,81

SUNDDE Providencia Administrativa 053/2016 (reformada parcialmente por la Providencia 054/2016)) donde se fijan los precios justos de los productos de higiene personal -pañales desechables para bebé talla "M"-.

Pañales desechables para bebé talla «G»:

RUBROSCANTIDADMEDIDAPMVPIPMVDMAPRECIO JUSTO
PAÑALES PARA BEBÉ
(TALLA G)
10Unidades217,55236,47250,66
12Unidades229,00248,91263,85
14Unidades241,05262,02277,74
16Unidades253,74275,81292,35
18Unidades267,10290,32307,74
20Unidades296,77322,58343,17
24Unidades320,52348,39370,62
28Unidades346,16376,26400,27
32Unidades373,85406,36432,30
36Unidades403,76438,87466,88
38Unidades436,06473,98504,23
40Unidades470,94511,89544,57
44Unidades508,62552,85588,13
48Unidades549,31597,07635,18
54Unidades593,25644,84686,00
56Unidades640,71696,43740,88
60Unidades672,65731,25777,92
62Unidades706,38767,81816,82
66Unidades741,70806,20857,66
68Unidades778,79846,51900,54
72Unidades817,73888,84945,57
76Unidades858,61933,28992,85

SUNDDE Providencia Administrativa 053/2016 (reformada parcialmente por la Providencia 054/2016)) donde se fijan los precios justos de los productos de higiene personal -pañales desechables talla "G" en esta tabla dedicada-.

Pañales desechables para bebé talla «XG»:

RUBROSCANTIDADMEDIDAPMVPIPMVDMAPRECIO JUSTO
PAÑALES PARA BEBÉ
(TALLA XG)
10Unidades187,15203,42216,41
12Unidades203,42221,11235,22
13Unidades221,11240,34255,68
14Unidades240,34261,24277,91
16Unidades261,24283,95302,08
18Unidades283,95308,64328,35
20Unidades308,64335,48356,90
22Unidades333,34362,32385,45
24Unidades360,00391,31416,28
26Unidades388,80422,61449,59
28Unidades419,91456,42485,55
32Unidades453,50492,93524,40
36Unidades489,78532,37566,35
40Unidades528,96574,96611,66
44Unidades560,70609,46648,36
48Unidades594,34646,02687,26
52Unidades630,00684,79728,49
54Unidades667,80725,87772,20
56Unidades707,87769,42818,54
60Unidades774,29841,62867,65
64Unidades805,26875,28902,36
66Unidades837,47910,30938,45
68Unidades870,97946,71975,99
72Unidades905,81984,581.015,03
76Unidades942,041.023,961.055,63

SUNDDE Providencia Administrativa 053/2016 (reformada parcialmente por la Providencia 054/2016)) donde se fijan los precios justos de los productos de higiene personal -pañales desechables talla "XG" en esta tabla dedicada-.

Pañales desechables para bebé talla «XXG»:

RUBROSCANTIDADMEDIDAPMVPIPMVDMAPRECIO JUSTO
PAÑALES PARA BEBÉ
(TALLA XXG)
10Unidades196,51213,59227,23
12Unidades213,59232,17246,99
13Unidades232,17252,35268,46
14Unidades252,35274,30291,81
16Unidades274,30298,15317,18
18Unidades298,15324,08344,76
20Unidades324,08352,26374,74
22Unidades350,00380,44404,72
24Unidades378,00410,87437,10
26Unidades408,24443,74472,07
28Unidades440,90479,24509,83
32Unidades476,17517,58550,62
36Unidades514,27558,99594,67
40Unidades555,41603,71642,24
44Unidades588,73639,93680,78
48Unidades624,06678,33721,62
52Unidades661,50719,02764,92
54Unidades701,19762,17810,81
56Unidades743,26807,90859,46
60Unidades813,00883,70911,03
64Unidades845,52919,05947,67
66Unidades879,35955,81985,37
68Unidades914,52994,041.024,79
72Unidades951,101.033,801.065,78
76Unidades989,141.075,161.108,41

SUNDDE Providencia Administrativa 053/2016 (reformada parcialmente por la Providencia 054/2016)) donde se fijan los precios justos de los productos de higiene personal -pañales desechables talla "XXG" en esta tabla dedicada-.

Jabón de baño:

RUBROSCANTIDADMEDIDAPMVPIPMVDMAPRECIO JUSTO
JABÓN DE BAÑO10g.55,3859,8164,59
70g.60,1965,0170,21
75g.65,4370,6676,31
85g.71,1276,8182,95
90g.77,3083,4890,16
100g.83,1288,9495,16
110g.89,3795,63102,32
115g.96,10102,83110,03
125g.103,33110,57118,31
130g.111,11117,78125,75
150g.117,78124,85132,34
160g.123,67131,09138,95

SUNDDE Providencia Administrativa 053/2016 (reformada parcialmente por la Providencia 054/2016)) donde se fijan los precios justos de los productos de higiene personal -Jabón de baño en esta tabla dedicada-.

Crema dental:

RUBROSCANTIDADMEDIDAPMVPIPMVDMAPRECIO JUSTO
CREMA DENTAL40c.c.94,78106,16118,90
50c.c.103,03115,39129,24
73c.c.111,99125,42140,47
74c.c.119,13133,43149,44
75c.c.126,74141,95158,98
79c.c.134,83148,31163,14
89c.c.139,00152,90168,19
90c.c.143,30157,63173,39
100c.c.147,73164,14182,38
125c.c.155,11167,52189,30
150c.c.162,87175,90198,77
177c.c.171,01184,69208,70

SUNDDE Providencia Administrativa 053/2016 (reformada parcialmente por la Providencia 054/2016)) donde se fijan los precios justos de los productos de higiene personal -crema dental en esta tabla dedicada-.

Papel higiénico:

RUBROSCANTIDADMEDIDAPMVPIPMVDMAPRECIO JUSTO
Papel higiénico
(193 hojas)
1rollo19,7738,5340,56
4rollos79,09154,11162,22
12rollos237,27462,33486,66
Papel higiénico
(200 hojas)
1rollo21,9739,2441,31
4rollos87,88156,96165,22
12rollos263,63470,88495,66
Papel higiénico
(215 hojas)
1rollo24,4139,9542,06
4rollos97,64159,81168,22
12rollos292,92479,43504,66
Papel higiénico
(250 hojas)
1rollo27,1240,6642,81
4rollos108,49162,66171,22
12rollos325,47487,98513,66
Papel higiénico
(260 hojas)
1rollo30,1441,3843,56
4rollos120,54165,51174,22
12rollos361,63496,53522,66
Papel higiénico
(280 hojas)
1rollo33,4842,0944,31
4rollos133,94168,36177,22
12rollos401,82505,08531,66
Papel higiénico
(290 hojas)
1rollo37,2142,8045,06
4rollos148,82171,21180,22
12rollos446,46513,63540,66
Papel higiénico
(300 hojas)
1rollo41,3443,5145,81
4rollos165,36174,06183,22
12rollos497,07522,18549,66
Papel higiénico
(360 hojas)
1rollo45,4748,2053,02
4rollos181,89192,81212,09
12rollos545,67578,42636,26
Papel higiénico
(400 hojas)
1rollo50,0253,0258,32
4rollos200,08212,09233,29
12rollos600,24636,26699,88
Papel higiénico
(500 hojas)
1rollo55,0258,3264,16
4rollos220,09233,29256,62
12rollos660,27699,88769,87
Papel higiénico
(600 hojas)
1rollo60,5264,1670,57
4rollos242,10256,62282,29
12rollos726,29769,87846,86

SUNDDE Providencia Administrativa 053/2016 (reformada parcialmente por la Providencia 054/2016)) donde se fijan los precios justos de los productos de higiene personal -papel higiénico en esta tabla dedicada-.

PARAGRAFO PRIMERO: La regulación de precios establecida en el presente artículo abarca todas las presentaciones y modalidades de los productos en ella señalados, sin excluir aquellos productos que tengan denominaciones distintas y que tengan como componente principal el producto objeto de regulación.

Artículo 4.

Los procesos de revisión de precios de los productos regulados en el Artículo 3 de la presente Providencia Administrativa, dependerén del estricto cumplimiento del Compromiso de Incremento y Reimpulso de la Producción Nacional en el marco del Sistema de Abastecimiento Territorial de Productos Esenciales para el Pueblo Venezolano, suscrito entre el Ejecutivo Nacional y los sujetos de aplícación de la Ley Orgánica de Precios Justos.

Proporcionalidad de Márgenes

Artículo 5.

Los sujetos de aplicación podrán vender los bienes señalados en el artículo 3 a precios inferiores o iguales a los establecidos, pero en ningún caso a precios superiores, garantizando la proporcionalidad de los márgenes de ganancia en los diferentes eslabones de la cadena de comercialización.

Duplicidad de Unidades de Medida

Artículo 6.

Cuando se trate de productos cuya presentación se exprese simultaneamente en dos o más unidades de medidas distintas, el precio de venta será el correspondiente a la cantidad de la unidad de medida señalada en el artículo 3 de este instrumento.

Marcaje de Precios

Artículo 7.

Los sujetos de aplicación de esta Providencia Administrativa, deberán cumplir con las disposiciones que Regulan las Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el territorio nacional dictadas por la Superintendencia Nacional para la Defensa de Derechos Socioeconómicos, en la Providencia Administrativa N° 070/2015, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.775, de fecha 27 de octubre de 2015.

PARAGRAFO PRIMERO: A los fines que los productores e importadores cumplan con el marcaje de Precio Justo de los productos señalados en el artículo 3, se concederá un plazo de quince (15) días continuos contados a partir de la publicación de esta Providencia Administrativa.

Artículo 8.

Hasta tanto el productor y/o importador cumpla con la obligación del marcaje de precios al cual se refiere el artículo anterior, los establecimientos deberán garantizar a partir de la entrada en Vigencia de esta Providencia Administrativa, que el Precio Justo, esté marcado, indicado o adherido, de manera visible, y/o estar publicados en listas o carteles de precios expuestos en lugares accesibles y visibles para el público.

Artículo 9.

Aquellos productos regulados en la presente Providencia Administrativa marcados con precios inferiores a los aquí indicados, cuyo marcaje se haya realizado antes de la entrada en vigencia de este acto administrativo, deberán venderse al menor precio.

Artículo 10.

Los productores o importadores no pueden implementar prácticas de comercialización que impongan desventajas a lo largo de la cadena de distribución de los productos señalados en la presente Providencia Administrativa.

Garantía de Existencia y Expendio

Artículo 11.

El productor y/o importador así como todo establecimiento mayorista y vendedor al detal del produclo regulado en esta Providencia Administrativa deberá garatizar en los eslabones de la cadena de comercialización nacional, según corresponda, su existencia y expendio.

Artículo 12.

El productor y/o importador y los propietarios o responsables de los establecimientos mayoristas y vendedores al detal deberán cumplir con las normativas vigentes en matería de fabricación, composición y calidad, de los productos comprendidos en esta Providencia Administrativa, de conformidad con lo establecido en la Ley que regula la materia.

Exhibición igualitaria

Artículo 13.

Los propietarios o responsables de las establecimientos comerciales al detal, deben exhibir en igualdad de condiciones los alimentos regulados en la presente Providencia Administrativa, respecto a otros productos.

Deber de Infomación

Artículo 14.

Los sujetos de aplicación que reciban de sus respectivos proveedores productos con precios superiores a los establecidos en esta Providencia Administrativa, deberán notificar a la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos esta situación, señalando la Razón Social y Registro de información Fiscal del respectivo proveedor, así como los bienes y precios, a fin que este órgano aplique los correctivos correspondientes; todo ello de conformidad con el principio de corresponsabilidad.

Artículo 15.

Por medio del presente acto normativo se ratifica la observación del principio de Corresponsabllidad, establecido a nivel constitucional, que existe entre la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE) y los sujetos de aplicación de la Ley Orgánica de Precios Justos en cuanto a la vigilancla y estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Providencia Administrativa, esto con la finalidad de garantizar los derechos individuales caracterizados en la Ley ejusdem.

Artículo 16.

Las situaciones que la presente Providencia Administrativa no describa explícitamente, en cuanto a su aplicación y cumplimiento, serán sometidas a la consideración y aprobación de Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), por lo cual los sujetos de aplicación deberán notificar las mismas de manera oportuna.

Artículo 17.

Los sujetos de aplicación que infrinjan la presente Providencia Administrativa serán sancionados conforme a lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.

Artículo 18.

Quedan sin efectos los actos administrativos que hayan fijado con anterioridad precios de venta a los productos previstos en el artículo 3 de esta Providencia Administrativa.

Artículo 19.

El Contenido de la presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación.

Comuníquese y Publiquese,

William Antonio Contreras
Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos.
Decreto N° 2.186, publicado Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 40.630 de fecha 18 de enero de 2016
República Bolivariana de Venezuela N° 40.473 de fecha 12 de agosto de 2014



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIECONÓMICOS

Caracas, a los 23 días del mes de mayo de 2016
206°, 156°, 17°

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 054/1016

El Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos, designado mediante Decreto N° 2.186, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.830 de fecha 18 de enero de 2016, en cumplimiento del artículo 1 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos, publicado Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.787. de fecha 12 de noviembre de 2015, en concordancia con las atribuciones conferidas en los numerales 1, 2, 3 y 7 del artículo 10 y numerales 10, 11 y 13 del artículo 17 ejusdem.

CONSIDERANDO

Que el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos, tiene por objeto establecer las normas para la determinación de precios de bienes y servicios, los márgenes de ganancia, los mecanismos de comercialización, y los controles que se deben ejercer para garantizar el acceso de las personas a bienes y servicios a precios justos, que conlleven a la satisfacción de sus necesidades en condiciones de justicia y equidad, con el fin de proleger los ingresos de las ciudadanas y los ciudadanos, y muy especialmante, el salario de las trabajadoras y los trabajadores en tal sentido esta Superintendencla, Dicta la presente:

PROVIDENCIA QUE REFORMA PARCIALMENTE LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 053/2016 DE FECHA 11 DE MAYO DE 2016 MEDIANTE LA CUAL SE FIJA EL PRECIO MÁXIMO DE VENTA DEL PRODUCTOR Y/O DEL IMPORTADOR (PMVPI), EL PRECIO MÁXIMO DE VENTA DEL DISTRIBUIDOR MAYORISTA (PMVDMA) Y EL PRECIO JUSTO DE LOS PRODUCTOS QUE SE INDICAN

PRIMERO:

Se modifica el artículo 3 de la Providencia Administrativa N° 053/2016 del 21 de mayo  de 2016 publicada en la página web de esta Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), el cual queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 3.

Se fija el Precio Máximo de Venta a nivel del Productor y/o Importador, el Precio Máximo de Venta a nivel del Distribuidor/Mayorista (PMVDMA) y el Precio Justo de los productos señalados a continuación:

Toallas sanitarias:

RUBROSCANTIDADMEDIDAPMVPIPMVDMAPRECIO JUSTO
TOALLAS
SANITARIAS
8Unid.88,57100,65114,37
10Unid.91,34111,72120,65
12Unid.100,47117,30126,03
14Unid.110,52123,78138,63
16Unid. 127,10 142,35 159,43
18Unid. 146,16 163,70 183,34
20Unid. 168,09 188,26 210,85
24Unid. 193,30 216,49 242,47
28Unid. 222,29 248,97 278,84
30Unid. 255,64 286,31 320,67
32Unid. 293,98 329,26 368,77
33Unid. 338,08 378,65 424,09
40Unid. 317,89 416,51 466,50
42Unid. 409,08 458,17 513,15
54Unid. 449,98 503,98 564,46
60Unid. 494,98 554,38 620,91
80Unid. 544,48 609,82 683,00
100Unid. 598,93 670,80 751,30

SUNDDE Providencia Administrativa 054/2016 donde se fijan los precios justos de los productos de higiene personal -toallas sanitarias en esta tabla dedicada- (montos en números de color negro: Providencia 053, montos en números de color rojo: Providencia 054).

Pañales desechables para bebé talla «P»:

Listado de frases en idioma inglés conversacional y su traducción al castellano.

Una lista de frases utilizadas en el idioma inglés durante una conversación informal -coloquial- que hay que verlas como un todo y por ello presenta un inconveniente a la hora de traducirlas al castellano.

LetraEnglishCastellanoFrançais
Aa while backhace un tiempoIl y a quelque temps
a while agohace un tiempoil y a un moment
after a whiledespués de un ratoaprès un moment
ahead of timecon anticipación, previamenteen avance
all alongtodo el tiempotout le long
all day longtodo el díatoute la journée
all in alldespués de todo, al final de cuentasen tout
all the sameda lo mismo, da igualtous les mêmes
all the whiletodo el tiempotout en
any daycualquier día de estosn'importe quel jour
as a rulepor lo generalcomme règle
as ifcomo sicomme si
as thoughcomo sicomme si
as thoughtcomo pensécomme pensée
as muchcomo muchoautant
as usualcomo siemprecomme d'habitude
as well asademás de, tanto comoaussi bien que
as yettodavía nopas encore
ask me anotherno tengo idea
esa no me la se, preguntame otra
demande-moi un autre
at a moment's noticeen cualquier momento, de inmediatoà la notification d'un moment
at a timea la veza la fois
at any pricea cualquier precioà tout prix
at all timesen todo momento, siemprede tout temps
at every stepa cada pasoà chaque étape
at lastal finenfin
at long lastpor finenfin
at one timeen un tiempo, en una épocaà la fois
at that pointen ese momento, en esta etapa,
en ese punto (referido al tiempo)
à ce moment
at that ratea ese paso, a ese ritmoà ce taux
at the momentactualmente, por el momentoen ce moment
at the point ofa un paso de, a punto deau point de
at the same timeal mismo tiempoen même temps
at the worse possible timeen el peor momento,
en mala hora
au pire momment possible
at timesa veces, de tiempo en tiempopar moments, de temps en temps
Bbe in for itencontrarse en una situación desagradabledans une situtation désagreable
be that as it maycomo pueda ser, sea como seade toute façon
be quitssin deuda con alguien,
estar en paz o a mano (con alguien), (en inglés es frecuente llevar todo al terreno monetario, si no tienes deudas eres feliz cosa que no es necesariamente así en nuestra sociedad)
être solvable, être à portée de main à quelqu'un
be at the end of one's tetherllegar al límite, como si uno estuviera atado como una mascota.atteindre la limite, comme si l'on troussees comme un animal de compagnie.
be well of (money)adinerado, estar bien (de dinero)riche, être bien d'argent
by all means/by any meanspor todos los mediospar tous les moyents
By and largeEn general; proviene de una expresión naútica en 1706
by no meande ninguna maneraen aucun cas
by way ofpor medio depar voie de
carry one's point, gain one's point, win one's pointsalirse con la suya, lograr su propósitosortir avec elle, atteindre son but
Dday after day, day by day, from day to daydía a díaau jour le jour
day in day outtodos los díasjour après jour
down and out, down-and-out (see outcast)pobre, indigente;
preferimos la forma con guiones para formar una palabra -tal como explicamos en la introducción-.
pauvre, indigent
Eeat one's wordscomerse sus propias palabrasmanger ses mots
either wayde cualquier manera,
de una u otra manera
d'une màniere ou d'aune outre
every now and thende vez en cuandode temps en temps
every so often, every now and againa vecesde temps en temps
Ffor a changepara variaspour changer
for all intents and purposes,
to all intents, constructions and purposes
Oficialmente o de manera oficial: deriva de una ley de Inglaterra que indicaba así literlamente, jerga legal.Officiellement ou officieusement: dérivé d'une loi de l'Angleterre indiquant que literlamente, le jargon juridique.
for gooddefinitivamente, permanentementedéfinitiviment
for the moment,
for the present
Por ahora,
por el momento
Pour le moment
from now ona partir de ahoraà partir de maintenant
from scratcha partir de ceroà partir de rien
from the ground updesde el comienzoà partir du sol
from this day forwarda partir de hoy,
de hoy en adelante
à partir de ce jour
from time to timede vez en cuandode temps en temps
from way backdesde hace tiempodepuis longtemps
Ggo back one's wordromper la promesa
(acá acostumbramos decir que una "persona no es de palabra" u "no es hombre/mujer de palabra")
revenir sur sa parole
go into detailsentrar en detallesentrer dans les détails
get into troublemeterse en problemasavoir des problèms
go to wasteser desperdiciadoaller aux dèchets
good for nothing,
good-for- nothing
bueno para nada,
inútil
bon à rien
good fortunebuena fortuna, buena suertela chance
Hhard timestiempos difícilesles temps difficiles
have a hard timespasar por tiempos difícilesavoir de moments difficiles
have a way withtener una aptitud o facilidadavoir des compétences et des capacités
high timeurgente, el momento exacto paraurgent, l'heure exacte pour
his days are numberedsus días están contadosses jours son comptés
however muchpor mucho quepeu importe combien
home inalcanzar una meta u objetivo, ejemplo "The missile homed in on its target."objectif atteint
II mean it!¡Lo digo en serio!¡Je suis sériux!
I shall never got over itNunca lo superaréJe ne m'em remettrai jamais
I wish I knewOjalá supierasi seulement je savais
In doing soAl hacerloCe faisant,
it doesn' matternada importaÇa n'a pas d'importance
it doesn't make senseesto no tiene sentidoÇa n'a pas de sens
It's all the same to meMe da igualtout est pareil pour moi
It's beside the pointeso no viene al caso,
ese no es el punto
C'est à côté du point
it's new to me es nuevo para míCést nouveau pour moi
it's up to youdepende de usted, depende de tí (es tu responsabilidad)dépend de vous

it's down to you
sólo depende de usted,
sólo usted puede hacerlo
que cela dépend de vous
it's waste of timees un desperdicio de tiempo,
es pérdida de tiempo
C'est du temps perdu
in every sense of the worden todo el sentido de la palabraDans tous les sens du mot
in his dayen su época, en sus tiemposen son temps
in no timeen un instanteen un rien de temps
in old daysen aquellos tiemposDans les temps anciens
in placeen su sitio, en su lugaren place
in the meantimeal mismo tiempo,
mientras tanto
En même temps
in time
just in time
a tiempoJuste à temps
in vainen vanoen vain
it can waitesto puede esperarça peut attendre
it could have been worsepudo haber sido peorça aurait pu être pire
it was a quite jobfue un gran trabajo,
fue todo un trabajo,
costó mucho trabajo
(la palabra "quite" también se utiliza para enfatizar algo)
C'était tout un travail
it's no go,
it's no-go,
no-goes
Esto no va,
no funciona
C'est pas aller
it's a matter of timees cuestión de tiempoc'est une question de temps
Jjust aboutcasi, ya casipresque
just nowjusto ahora,
en este momento,
¡ya!
en ce moment
Kknow one's placesaber cuál es su lugar,
en su sitio
Connaître sa place
know somebody by sightconocer alguien de vistaConnaître quelqu'un par la vue
Llet's clear it upvamos a aclarar estonous allons clarifier cette
let's drop the subjectvamos a dejar el temaLaissons tomber le sujet
Mmake a show ofhacer un espectáculo deFaire un spectacle de
make hastedarse prisase dépêcher
make timehacer tiempo,
entretenerse o entretener para que pase el tiempo
prendre le temps
mind your businessocúpate de tus asuntos (en inglés todo es dinero "business" es negocio, "deal" es trato de dinero pero se extiende al ámbito abstracto del pensamiento de esa sociedad)
no te metas en lo que no te incumbe.
Occupe-toi de tes oignons
more often than notla mayoría de las vecesLe plus souvent
Nno matterno tiene importancia,
no importa
peu importe
O
off and on
intermitentemente,
que cesa periodicamente
par intermittence
on-the-spot
inmediatamenteimmédiatement
One and the sameuno y otro a la vezUn seul et même
on timepuntual, a tiempoà temps
once and for allde una vez por todasune fois pour toutes
once in a whilede vez en cuandode temps à autre
out of dateanticuadodémodé
PPiece of cakepan comidoC’est du gâteau.
piqued my interestdespertó mi interésPiqué mon intérêt
point of viewpunto de vistapoint de vue
pro and conventajas e inconvenientesavantages et inconvénients
Rrun for one's lifecorrer muy rápido,
correr como si uno fuera a salvar su propia vida
courir très vite,
courir comme si on était de sauver sa propre vie
right awayahora mismotout de suite
round the clockdía y noche,
las 24 horas
24 heures sur 24
run out ofquedarse sinmanquer de
say one's sayemitir una opiniónExprimez une opinion
S
set the pace
marcar el ritmo,
marcar la pauta
donner le rythme
side against (someone)tomar partido en contraPrendre parti contre
so farhasta ahorajusque là
sooner or latertarde o tempranotôt ou tard
speak too soonhablar muy temprano,
adelantarse
Parler trop tôt
speak one's mindemitir una opiniónExprimez une opinion
stand one's groundmantenerse firme (en un tema),
mantenerse de pie
Se tenir debout
stand to reasonmantenerse con la razón,
ser lógico
Se tenir à la raison
Ttake a sidetomar partido,
apoyar
prendre à part
take a standtomar posiciónprendre position
take into accounttomar en cuentaprendre en compte
take timetomar tiempo,
debe transcurrir tiempo para
prendre du temps
take your time!Tómate tu tiempoprends ton temps,
prenez votre temps
till the end of timehasta el final de los tiemposJusqu'à la fin des temps
time after time,
time and again
una y otra vezencore et encore
time is upse acabó el tiempole temps est écoulé,
Il se termine le temps
time outpausatemps libre,
temps mort
time will tellel tiempo dirále temps nous le dira
time's getting shortEl tiempo se vuelve corto, se acaba.Le temps devient court, juste.
that's not the pointese no es el punto,
ese no es el tema
ce n'est pas le propos
the whole year round
all year round
todo el añoToute l'année
there is no hurryno hay apuro,
no hay prisa
il n'y a pas d'urgence
throw good money after badTirar dinero a la basuraJeter de l'argent après mauvais.
to one's faceenfrentar, en su caraÀ son visage
up againstcontraContre
use your own judgmentutilize su propio juicioUtilisez votre propre jugement
Wwhat are you driving at?¿A dónde quieres llegar? (retórica)Dans quelle mesure vous voulez aller?
what for?¿para qué?¿pourquoi?
what of it?¿qué tiene?Qu'y a-t-il?
wait and seeEspera y verásattend et regarde
Yyou can take it from metú puedes creermeVous pouvez me faire confiance

Pañales desechables para bebé talla «M»:

NivelValor
numérico
FunciónUso
NOSET0no aplicano aplica
DEBUG10logging.debug()Diganóstico de problemas, muestra información bien detallada.
INFO20logging.info()Confirma que todo está funcionando correctamente.
WARNING30logging.warning()Indica que algo inesperado ha sucedido, o pudiera suceder.
ERROR40logging.error()Indica un problema más serio.
CRITICAL50logging.critical()Muestra un error muy serio, el programa tal vez no pueda continuar.

Pañales desechables para bebé talla «G»:

Tipo de instalaciónRAM (mínimo)RAM (recomendado)Disco duro
Sin escritorio128 Megabytes512 Megabytes2 Gigabytes
Con escritorio256 Megabytes1 Gigabyte10 Gigabyte

Pañales desechables para bebé talla «XG»:

Este párrafo aunque
tiene varias líneas
será mostrado como uno solo.
Este párrafo aunque tiene varias líneas será mostrado como uno solo.
Para unir una línea con otra \
usaremos la barra invertida \
(a pesar que este es el comportamiento \
predeterminado, unir líneas).
Para unir una línea con otra usaremos la barra invertida (a pesar que este es el comportamiento predeterminado, unir líneas).
Sin embargo, si necesitamos que el párrafo
tenga múltiples líneas,
como por ejemplo un diálogo,
debemos usar al final dos barras
invertidas en cada línea, ejemplo: \\
-"¿Qué dijo ella acerca del tema?". \\
-"Que eso no era problema de ella". \\
Sin embargo, si necesitamos que el párrafo tenga múltiples líneas, como por ejemplo un diálogo, debemos usar al final dos barras invertidas en cada línea, ejemplo:
-"¿Qué dijo ella acerca del tema?".
-"Que eso no era problema de ella".
Para forzar fin de línea y dejar
una línea de por medio \\\
usamos tres barras invertidas.
Para forzar fin de línea y dejar una línea de por medio


usamos tres barras invertidas.
Para forzar la separación de una línea
usaremos [[<<]] para indicar el corte.
Para forzar la separación de una línea usaremos
para indicar el corte.
Para indentar un párrafo
(que sirve para hacer citas o resaltar ideas)
usaremos "->"
"Citas Citables."
Mientras más guiones usemos más indentado el párrafo.
Para indentar un párrafo (que sirve para hacer citas o resaltar ideas) usaremos "->":
"Citas Citables"

Mientras más guiones usemos más indentado el párrafo.
Una cita que comienze con
una línea prominente es una
forma atractiva para ello
usaremos "-<"
"Cita con línea prominente muy larga para que se note"
Una cita que comienze con
una línea prominente es una
forma atractiva para ello
usaremos
"Cita con línea prominente
muy larga para que se note"
Para comentarios usaremos los
símbolos mayor que y menor
>>comment<<
este es un comentario
>><<
que por pares.
Para comentarios usaremos los
símbolos mayor que y menor
que por pares.

Pañales desechables para bebé talla «XXG»:

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Crema dental:

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Aprendiz de sysadminhttp://aprendizdesysadmin.com@aprendizdsys
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Pedro Gonzálezhttp://goigon.blogspot.com.es
Javier Carrascohttp://www.javiercarrasco.es/
Juan Antonio Izquierdohttp://www.administracion-linux.com/
La fatiga del geekhttp://nauj27.com/blog/
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David Romero Trejohttp://www.davidromerotrejo.com/
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Hackerdecabecerahttp://www.hackerdecabecera.com/
Cambiadesohttps://www.cambiadeso.es
Chema Alonsohttp://www.elladodelmal.com/@ChemaAlonso
Instituto de Enseñanza Secundaria "José María Pereda"http://materialestic.es/
I.E.S. Las Galletashttp://www.asirlasgalletas.com
Blog de Mauro Follethttps://soyadmin.com/@Soy4dmin
Luigino Bracci Roahttp://softwarelibresocialista.blogspot.com/@Lubrio
Pandora FMS Opensource monitoringhttp://blog.pandorafms.org/es@PandoraFMS
Xanadu distro GNU/linuxhttps://xombra.com/@Xombra
Linux gnu bloghttp://linuxgnublog.org/@LinuxGnuBlog
ComputerNewAgehttps://computernewage.com/
El Baúl del Programadorhttps://elbauldelprogramador.com/
Pijus Magnificushttps://www.pijusmagnificus.com/
SysAdmithttp://www.sysadmit.com/
José María Morales Vásquezhttps://blog.unlugarenelmundo.es/@JoseMaria
Daniel Rodríguez Martínezhttps://www.makigas.es/@Makigas
@danirod93
Ondiz Zarragahttps://ondahostil.wordpress.com/lo-que-he-aprendido/@Makigas
@OndaHostil
Fran (@Cyberhadesblog)
Rafael (@Tuxotron)
http://www.cyberhades.com/@Cyberhadesblog
Zagurhttps://portallinux.es/@T3rr0rZ0n3
Ignacio Brihuega Rodriguezhttps://www.fwhibbit.es/@fwhibbit_blog
Damián Amoedohttps://entreunosyceros.net/@EntreUnosYceros
José Antonio Dongil Sánchezhttps://elabismodenull.wordpress.com/@jdonsan
Raúl Caro Pastorinohttp://www.laguialinux.es/@LaGuiaLinux
Diego Córdobahttps://juncotic.com/blog/@d1cor
@juncotic
Agustín Montero Blascohttps://israelmgo.es/@israelmgo
Josué Encinarhttps://www.ciberbyte.com/@_ciberbyte_
@JosueEncinar
Julio José Sanz
«El Array de Jota»
https://www.elarraydejota.com/@elarraydejota
Miguel de Dios Matías
«Tomates asesinos»
http://www.tomatesasesinos.com/webs-de-interes/@tres14159
Valencia Software Libre
VaSLibre
Valencia/Venezuela Software Libre


@VaSLibre
Eduardo Colladohttps://www.eduardocollado.com/sobre-mi/@ecollado

Papel higiénico:

¿Activo?CódigoNombre (IBP)RIFWeb
0001Banco Central de VenezuelaG200001100
No0002
No0003Banco Industrial de Venezuela C.A.
No0004
No0005
No0006Banco de Coro, C.A.
No0007Banfoandes, Banco Universal C.A.
No0008Banco Guayana, C.A.
No0009
No0100
0102Banco de Venezuela S.A.C.A. Banco UniversalG200099976
No0103
0104Venezolano de Crédito, S.A. Banco UniversalJ000029709
0105Banco Mercantil, C.A. Banco UniversalJ000029610
No0106
No0107
0108Banco Provincial, S.A. Banco UniversalJ000029679
No0109
No0110
No0111
No0112
No0113
0114Bancaribe C.A. Banco UniversalJ000029490
No0115Banco Exterior C.A. Banco Universal
0116Banco Occidental de Descuento, Banco Universal C.AJ300619460
No0117
No0118
No0119
No0120
No0121Corp Banca, C.A. Banco Universal
No0122
No0123
No0124
No0125
No0126
No0127
0128Banco Caroní C.A. Banco UniversalJ095048551
No0129
No0130
No0131
No0132
No0133Banco Federal C.A.
0134Banesco Banco Universal S.A.C.A.J070133805
No0135
No0136
0137Banco Sofitasa, Banco UniversalJ090283846
0138Banco Plaza, Banco UniversalJ002970553
No0139
No0140Banco Canarias de Venezuela Banco Universal, C.A.
No0141Banco Confederado, S.A. Banco Comercial Regional
No0142
No0143
No0144Inverunión, Banco Comercial, C.A.
No0145
0146Banco de la Gente Emprendedora C.AJ301442040
No0147Banorte Banco Comercial, C.A.
No0148Total Bank, C.A. Banco Comercial
No0149
No0150Bolívar Banco, C.A.
0151BFC Banco Fondo Común C.A. Banco UniversalJ000723060
No0152
No0153
No0154
No0155
0156100% Banco, Banco Universal C.A.J085007768
0157DelSur Banco Universal C.A.J000797234
No0158C.A. Central Banco Universal
No0159
No0160Stanford Bank, S.A. Banco Comercial
No0161Banco Provivienda, C.A. Banco Universal (Banpro)
No0162Banvalor Banco Comercial, C.A.
0163Banco del Tesoro, C.A. Banco UniversalG200051876
No0164BANCO REAL, BANCO DE DESARROLLO, C.A.
No0165
0166Banco Agrícola de Venezuela, C.A. Banco UniversalG200057955
No0167BANCO DEL SOL, BANCO DE DESARROLLO, C.A.
0168Bancrecer, S.A. Banco MicrofinancieroJ316374173
0169Mi Banco, Banco Microfinanciero C.A.J315941023
No0170
0171Banco Activo, Banco UniversalJ080066227
0172Bancamica, Banco Microfinanciero C.A.J316287599
0173Banco Internacional de Desarrollo, C.A. Banco UniversalJ294640109
0174Banplus Banco Universal, C.AJ000423032
0175Banco Bicentenario del Pueblo de la Clase Obrera, Mujer y Comunas B.U.G200091487
0176Novo Banco, S.A. Sucursal Venezuela Banco UniversalJ308918644
0177Banco de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, B.U.G200106573
No0178
No0179
No0180
No0181
No0182
No0183
No0184
No0185
No0186
No0187
No0188
No0189
0190Citibank N.A.J000526621
0191Banco Nacional de Crédito, C.A. Banco UniversalJ309841327
No0192
No0193
No0194Helm Bank de Venezuela, S.A. Banco Comercial
No0195
No0196ABN-AMRO Bank N.V.,(Sucursal Venezuela)
No0197
No0198
No0199
0601Instituto Municipal de Crédito PopularG200068973
No0408Provivienda, E.A.P.
No0410Casa Propia, E.A.P.
No0425Mi Casa E.A.P., C.A.
No0428Banplus Entidad de Ahorro y Préstamo, C.A.
¿Activo?CódigoNombre (IBP)RIFWeb

SEGUNDA:

Se modifica el artículo 3 de la Providencia Administrativa N° 053/2016 del 21 de mayo  de 2016 publicada en la página web de esta Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), el cual queda redactado de la siguiente forma:

Exhibición igualitaria

Artículo 13.

Los propietarios o responsables de los establecimientos comerciales al detal, deben exhibir en igualdad de condiciones los productos regulados en la presente Providencia Administrativa, respecto a otros productos.

William Antonio Contreras
Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos.
Decreto N° 2.186, publicado Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 40.630 de fecha 18 de enero de 2016
República Bolivariana de Venezuela N° 40.473 de fecha 12 de agosto de 2014


Enlaces relacionados:

Actualización de precios de rubros alimenticios.

 

 

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Gaceta Oficial 40775 cabecera

Gaceta Oficial N° 40.775: fijación y marcaje de precios.

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Es maravilloso como las redes sociales tienen impacto en nuestras vidas, y nosotros los programadores de ordenadores no podemos, no debemos ser «camarón que se duerme porque se lo lleva la corriente«. En otra entrada a principios de este año 2015 publicamos la historia y modernización de la Gaceta Oficial y aunque hay muchas cosas aún por hacer (por ejemplo las firmas electrónicas a los documentos digitales -pdf en este caso-) un avance en el campo de la informática hay que hacerlo notar, se quiera o no; por la cuenta en Twitter «retuiteamos» el siguiente mensaje importante:

  La Gaceta Oficial N° 40.775 contiene (corregida por error material) la Providencia Administrativa N° 070/2015 emitida por la VICEPRESIDECIA (sic) DE LA REPÚBLICA a traves del SUNDDE donde se regulan las modalidades para la determinación, fijación y marcaje de precios en todo el territorio nacional.   Para nosotros, viejos, no es ninguna sorpresa esta nueva Providencia, ya que en los años ochenta y noventa fue común (excepto por cortos períodos de años) la obligación de marcar los precios de venta al público en absolutamente todos los productos y servicios, de eso el gobierno se encargaba encarecidamente de cumplir y hacer cumplir.   Pues bien, entonces a leer y comprender, seas o no programador: si vives en Venezuela esto te concierne porque es la vida diaria comprar el pan nuestro de cada día; así como fijar y marcar precio a lo que producimos (que en nuestro caso sería por página web, de hecho la Superintendencia de Precios Justos ya había marcado un punto de inflexión que nosotros hicimos notar el año pasado en la Gaceta Oficial N° 40.397 lo cual sienta precedente legal para nosotros informar de los montos de nuestros servicios -sólo con trabajo se construye un país-).

Si desean descargar copia digital de la Gaceta Oficial (las primeras 7 páginas que tiene la mencionada Providencia) pueden hacerlo desde nuestro sitio web en este enlace.

Si desean descargarlo desde la Imprenta Nacional pues…. PUES ésa es una de las cosas que falta por hacer, desde su página web oficial no podrán descargar nada pues la han alojado en otro servidor FUERA del territorio venezolano, en este «tuit» está el enlace, la descarga es comprimida en formato .zip y deben utilizar el propio «plugin» que la página web ofrece tras lo cual su navegador web preguntará si se le permite descargar datos (al plugin), lo autorizamos y luego al finalizar la «bajada» de datos nos aparecerá como cualquier otra descarga hecha con anterioridad en nuestro navegador web.  

El Tribunal Supremo de Justicia, en su sección informativa, publicó el ejemplar digital respectivo de la Gaceta Oficial (una rchivo en formato pdf con un tamaño de 9,8 megabytes) y lo pueden consultar en este enlace.

Como ya se ha vuelto costumbre, transcribimos para ustedes de nuestro puño y tecla (y nos perdonarán si hay alguna «fe de errata» -pero dejen un comentario señalando el error-), siendo lo siguiente puramente informativo, para cualquier referencia favor leer el documento original (o su copia fidedigna, arriba los enlaces web) y de ser necesario obtengan su copia certificada de la Gaceta Oficial desde la Imprenta Nacional.


REÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIOECONÓMICOS.

Caracas, a los 27 días del mes de octubre de 2015

Años: 205°, 156°, 16°

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 070/2015

El Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos, designado mediante Decreto N° 1.785, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.668 de fecha 26 de mayo de 2015, en cumplimiento del artículo 1 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°40.340 de fecha 23 de enero de 2014 y reformada parcialmente mediante Decreto N° 1.467 de fecha 18 de noviembre de 2014, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.156 Extraordinario, de fecha 19 de noviembre de 2014, en concordancia con las atribuciones conferidas en los numerales 1, 2, 3 y 6 del artículo 13, numerales 18 y 19 del artículo 23 ejusdem.

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece la que la (sic)  República es un Estado democrático y social de Derecho y Justicia que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación la justicia, la igualdad, la democracia, la responsabilidad social y en general la preeminencia de los derechos humanos, entre los cuales se encuentran los derechos socioeconómicos de la población.

CONSIDERANDO

Que el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos tiene por objeto asegurar el desarrollo armónico, justo, equitativo, productivo y soberano de la economía nacional, a través de la determinación de precios justos de bienes y servicios, la fijación del porcentaje máximo de ganancia y la fiscalización efectiva de la actividad económica y comercial, a fin de proteger los ingresos de todas las ciudadanas y ciudadanos, especialmente el salario de las trabajadoras y los trabajadores. Así como que corresponde al Estado defender, proteger y salvaguardar los derechos e intereses individuales, colectivos y difusos, en el acceso de las personas a los bienes y servicios satisfaciendo sus necesidades, y combatiendo la usura y la especulación, a fines de garantizar la estabilidad de los precios, velando por el desarrollo humano integral de la población y contribuir a elevar su nivel de vida.

CONSIDERANDO

Que el Estado en su obligación de proteger al ueblo venezolano y de defender el salario de las trabajadoras y trabajadores de la Patria deberá tomar las medidas tendentes a salvaguardar la economía nacional de las distorsiones provocadas por la guerra económica, equilibrando los diferentes eslabones del proceso productivo para asegurar el pleno abastecimiento y los precios justos a toda la población.

CONSIDERANDO

Que es competencia de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socieconómicos el establecimiento de los márgenes máximos de ganancia de toda la economía nacional por sectores rubros, espacios geográficos, canal de comercialización, actividad económica o cualquier otro concepto que se considere, sin que estos superen los máximos establecidos en el Decreto con Rango , Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.

CONSIDERANDO

Que los precios especulativos son una estrategia de la guerra económica que visa (sic) detener la construcción de una sociedad en la que impere la justicia social y el progreso social consagrado en el Plan de la Patria, pues ha significado la perdida (sic) de la referencia del valor de los bienes y servicios para los venezolanos y las venezolanas así como ha buscado impedir el acceso universal de todos y todas a lo que requieren para poder alcanzar el máximo de felicidad social que procura la Revolución.

CONSIDERANDO

Que se hace necesaria la puesta en marcha de un esquema de determinación, fijación y marcaje de precios para coadyuvar en la ofensiva contra la guerra económica con el objetivo de proteger el salario y los derechos socioeconómicos del pueblo.

Dicta la siguiente,

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA MEDIANTE LA CUAL SE REGULAN LAS MODALIDADES PARA LA DETERMINACIÓN, FIJACIÓN Y MARCAJE DE PRECIOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL.

CAPÍTULO I.

DISPOSICIONES GENERALES

Objeto

Artículo 1°.

La presente Providencia Administrativa tiene como objeto establecer el régimen ordinario para la regulación sobre determinación, fijcación y marcaje de precios para los bienes y servicios comercializados en el territorio nacional, la cual no limitará la capacidad de esta autoridad administrativa de dictar normas técnicas generales o particulares, destinadas a regir un sector económico, a un grupo de sujestos de aplicación o a un individuo o grupos de los mismos según sea necesario para promover la producción nacional, la distribución equitativa de bienes o servicios o cualquier otra circunstancia de hecho.

Definiciones

Artículo 2.

A los efectos de la aplicación e interpretación de la presente Providencia Administrativa se adoptan las siguientes definiciones:

  1. Sujeto de aplicación: Refiere a toda persona natural o jurídica de las indicadas en al artículo 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
  2. Precio Máximo de Venta del Productor o Importador (PMVPI): Es el precio más alto, expresado en bolívares, que puede asignar a determinado bien o servicio, el sujeto de aplicación que produce o importa dicho bien.
  3. Precio Máximo de Venta al Público (PMVP): Es el precio más alto, al cual puede ser comercializado un bien o servicio al usuario o usuaria final, en condiciones de detal.
    • En el caso que un sujeto de aplicación realice todas o al menos más de una de las funciones correspondientes a los eslabones previstos en esta Providencia, en cualquier combinación, no podrá exceder la ganancia máxima prevista al precio final del bien o servicio, que ha sido importado o producido, distribuido o comercializado. En cualquiera de las combinaciones que aplique según la realidad.
    • La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos  Socioeconómicos (SUNDDE) podrá dictar normas técnicas, particulares o generales, de oficio o a solicitud de parte, cuando estas circunstancias se presenten.
  4. Precio Justo: Es el precio determinado y fijado por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos  Socioeconómicos (SUNDDE), como órgano rector en materia de costos, ganancias y precios, al cual dicha Superintendencia, expresamente, asigne la denominación «Precio Justo».
  5. Margen de Intermediación (MI): Es la relación porcentual entre el Precio Máximo de Venta al Público (PMVP) y el Precio Máximo de Venta del Productos o del importador (PMVPI), como se expresa en la siguiente fórmula:
    • MI =---------------------

      PMVPI

    El margen máximo de intermediación se calculará para toda la cadena de comercialización de cada bien, independientemente del número de intermediarios que intervienen en ella.

  6. Norma Técnica: documento establecido y aprobado por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos  Socioeconómicos, que suministra, para uso común y repetido, dentro de los límites legalmente establecidos de ganancia, un margen de intermediación o forma de distribución del mismo particular para una actividad económica, sector económico, grupo de sujetos de aplicación o a un individuo o grupos de los mismos según sea necesario para promover la producción nacional, la distribución nacional, la distribución equitativa de bienes o servicios o cualquier otra circunstancia de hecho.
  7. Productos terminados: Son aquellos productos fabricados o que han pasado por un proceso de manufactura o beneficio, transformándolos o preparándolos para el consumo final o su utilización por otro sujeto en la cadena de producción y comercialización.
  8. Página web de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos  Socioeconómicos: Documento electrónico administrado por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos  Socioeconómicos contentivo de información textual, visual y sonora, alojado en un servidor y que puede ser accesible mediante el uso de navegadores, a través del sitio web  http://www.superintendenciadeoreciosjustos.gob.ve/ .

 

<Eso es todo, por ahora>.

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