Categoría: Banco Central de Venezuela
Valor del criptoactivo Petro al inicio de mayo de 2020
Decreto N° 4.193, mediante el cual se incrementa el ingreso mínimo mensual y la protección social.
Presidencia de la República
Decreto Nº 4.193 de fecha 27 de abril de 2020, mediante el cual se incrementa el ingreso mínimo mensual y la protección social, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.531 Extraordinario de esa misma fecha.
Seguir leyendoValor del criptoactivo Petro al inicio de abril de 2020
Valor del criptoactivo Petro al inicio de marzo de 2020
Valor del criptoactivo Petro al inicio de febrero de 2020
SUDEBAN: calendario bancario 2020
Gaceta Oficial Extraordinario N° 6.452: aumento de sueldo 25 abril 2019.
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto N° 3.829, mediante el cual se incrementa el salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para las trabajadoras y los trabajadores que presten servicios en los sectores públicos y privados, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2° de este Decreto, a partir del 16 de abril de 2019, estableciéndose la cantidad de cuarenta mil Bolívares con cero céntimos (Bs. 40.000,00) mensuales.
Finalización de la Reconversión Monetaria de 2018
Todo comienzo tiene un final y en la Gaceta Oficial N° 41.587 del día viernes 15 de febrero de 2019 de manera oficial finalizó el proceso de Reconversión Monetaria iniciada en 2018. Y decimos de manera oficial porque debido a la hiperinflación instalada a sus anchas en nuestra economía nosotros en nuestro día a día la finalizamos de manera empírica en diciembre pasado; así se cierra la segunda reconversión monetaria en nuestro país con la Resolución N° 19-02-01.
Bien pueden descargar el ejemplar de la Gaceta Oficial en PDF («pesa» 10 megabytes):
- Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.
- Desde este vuestro humilde sitio web.
Anexo: Banco Central de Venezuela, Convenio Cambiario N° 1
El viernes 7 de septiembre de 2018 en la Gaceta Oficial, ejemplar Extraordinario, N° 6.405 se publicó el Convenio Cambiario N° 1, en reunión del Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas y el Presidente del Banco Central de Venezuela. Todo esto de acuerdo al artículo 318 de nuestra Constitución, llegamos así al Convenio N° 1 (se reinicia la numeración debido a la derogatoria de la Ley de Ilícitos Cambiarios), que a continuación publicamos tanto en PDF como transcrito
Esto es sumamente importante para el país, ya que el 99,99% de las divisas que obtenemos provienen de la extracción de petróleo, gas (Capítulo VI, sección II, artículos 41 al 45 de este convenio cambiario) y minerales (Capítulo V, artículo 55, ídem), todas materias primas que exportamos de manera intacta para que otros países del mundo las manufacturen y nos las vendan con un mínimo de mil por ciento de ganancia (debido a su trabajo, que cada quien lo cobra según la libre oferta y la demanda).
Por otra parte, el lo que respecta al restante 0,01% de nuestras exportaciones de bienes y servicios, queda como norma en el Capítulo VII, Sección II, artículos 57 (el cual indica parágrafo primero pero no contiene ninguno adicional, allí hay un gazapo) al 60.
Bien pueden descargar la Gaceta Oficial Extraordinario N° 6.405 desde la página web del Tribunal Supremo de Justicia o bien desde este vuestro humilde sitio web, tal cual de manera completa: 9,5 megabytes.