Lista rápida de verificación interactiva para posible instalación de nuestro software KS7000: farmacias comerciales y droguerías (distribuidoras).
Tabla de contenido:
Condiciones mínimas de hardware
- Internet sin restricción de megabytes, mínima velocidad 1 mbps en descarga (medir en sitio).
- Dos computadoras mínimo (tres recomendado): doble núcleo, 4 gigabytes RAM, disco duro de plato de 500 gigabytes (servidor correrá GNU/Linux Ubuntu).
- Red de Área Local con cableado categoría 5 mínimo.
- Limpieza de equipos informáticos (hardware) por parte de un tercero: un técnico(a) dedicado(a) dedicado(a) a esa labor y ajeno a nuestra empresa KS7000. Luego de haber realizado este trabajo, finalizar con una puesta a punto del software que tengan instalado previamente.
- Registro de Información Fiscal (RIF) actualizado hace menos de tres meses, dirección fiscal debe ser coherente.
- Ausencia de caja fiscal (Máquina Registradora Fiscal).
- Una impresora fiscal (verificar modelos autorizados) y talonarios de factura de contingencia, todo según Providencia vigente del SENIAT. En el caso de droguerías (distribuidoras) que realicen más de una docena de facturas diarias recomendamos que compren una impresora fiscal de matriz de puntos de 80 columnas con tractor; de lo contrario mandar a fabricar formas libres en formas continuas en una imprenta autorizada.
Notas:
Como la tecnología siempre evoluciona, estas condiciones son válidas solamente durante el transcurso del año 2022.
El hecho de que cumpla con todas estas condiciones no implica necesariamente la venta del servicio por nuestra parte.
Los gastos que el posible cliente incurriera para adecuar su infraestructura, software y métodos de trabajo no son imputables a KS700 ni conceden rebaja o descuento alguno en la futura venta de nuestros servicios.
El hecho de cumplir con las normas legales (Constitución, Leyes, Reglamentos, Providencias, etc.) tiene un costo monetario que cada cliente debe satisfacer por cuenta propia y no son imputables a KS7000 ni es nuestra responsabilidad, ni causamos nosotros gasto alguno.
También informamos de antemano que el valor de nuestros servicios varía mensualmente y en la misma proporción que la reportada por el Banco Central de Venezuela en su página web, tomando los dos valores de la divisa euro (€) el primer día hábil bancario de cada mes consecutivo.
El Poder Constituyente / Poder Ejecutivo / SENIAT / Poder Legislativo durante el transcurso de la evaluación como posible cliente, puede emitir nuevas Leyes / Decretos / Reglamentos / Providencias que afecten nuestras condiciones mínimas: todo ello queda ajeno a nuestra voluntad.
Última edición de este documento: domingo 2 de enero de 2022. (WaybackMachine).
Véase también:
- Anexo: Decreto N° 3.719, mediante el cual los sujetos pasivos que realicen operaciones en el territorio nacional en moneda extranjera o criptodivisas, autorizadas por la Ley, deben determinar y pagar las obligaciones en moneda extranjera o criptodivisas.
- Registro contable en Criptoactivos soberanos.
- Reforma de la Ley Del Impuesto al Valor Agregado, publicada el 29 de enero de 2020.
- Normas que deben cumplir las Imprentas Autorizadas y fabricantes y/o importadores de máquinas fiscales: «Providencia SNAT/2018/0141 que establece las normas relativas a imprentas y máquinas fiscales para la elaboración de facturas y otros documentos«.
<Eso es todo, por ahora>.