En la entrada anterior finalizamos de explicar qué es la Gaceta Oficial y el por qué es el medio de comunicación oficial y legal para dar a conocer la Constitución, sus leyes y sus actos en Venezuela. Aquí nos limitamos a darla a conocer de manera electrónica, en una copia digital obtenida del sitio web del Tribunal Supremo de Justicia (Poder Judicial), quienes tomaron la delantera hace muchos años en publicar, primero en formato html+gif y ahora en 2015 en formato html+javascript+pdf el cual es un formato digital más práctico para obtener una copia impresa y estudiarla de la manera tradicional.
Dicho ejemplar fue publicado el 19 de febrero de 2009 en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.908 y cuyo sumario reza textualmente:
Asamblea Nacional:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con la Enmienda Nº 1 aprobada por el Pueblo Soberano, mediante Referendo Constitucional, a los quince días del mes de febrero de dos mil nueve. Año 198º de la Independencia, 149º de la Federación y 11º de la Revolución Bolivariana.
Ese año ejercimos nuestro voto que nos garantiza la Democracia Participativa y Protagónica (Capítulo IV: De los derechos Políticos y del referendo popular) para reformar la Constitución aprobado por referendo constituyente (figura incluida en la Constitución de 1961 en su artículo 246) a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
Sin ánimo alguno de dictar clases de Derecho, para lo cual somos legos en la materia, pero atendiendo al refrán popular «usted puede desconocer la Ley pero la Ley no lo desconoce a usted» debemos sentar esta aclaratoria y en base a nuestra Constitución vigente explicar de la manera más sencilla posible (en futuras entradas a este blog) las leyes que son emanadas de nuestra Carta Magna y que ordenan nuestras vidas (y destino).
Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.908, hacer click en este enlace.
También pueden ustedes, amables lectores, visitar la página web oficial, la red que nos integra, en el siguiente enlace: http://www.gobiernoenlinea.ve donde están centralizados la mayoría de enlaces web del Poder Público Nacional:
- Poder Legislativo.
- Poder Ejecutivo.
- Poder Judicial.
- Poder Ciudadano.
- Poder Electoral.
Una investigación sobre la evolución del gobierno electrónico venezolano lo pueden ustedes leer en este enlace:
https://gobiernoenlinea.gob.ve/dotAsset/172264.pdf
La incorporación del potencial de las Tecnologías de Información (TI) por parte de los organismos gubernamentales en la gestión pública está dirigida a transformar la relación entre el Estado y la ciudadanía para mejorarla mediante una mayor interacción, difusión de información, participación, simplificación de servicios y trámites; maximizando la eficiencia, eficacia, transparencia, rendición de cuentas, inclusión, igualdad de oportunidades, confianza, bienestar y desarrollo social.
Próximas entradas: Leyes promulgadas el pasado mes de diciembre de 2014 que genera también algunas entradas orientadas a la programación en software libre basadas en la legislación vigente; muchas gracias por su atención. 😎
<Eso es todo, por ahora>.